Contrato de prestación de servicios de Mensajería y Paquetería que celebran, por una parte Redpack, S.A. de C.V., constituida de acuerdo a la Ley Mexicana el día 13 de Enero de 1994 en Escritura Pública No. 86725, Libro 1705 levantada ante el Lic. Arturo Sobrino Franco, Notario Público No. 49 de México, D.F. (parte a la que en este contrato se le denominará Redpack); y por otra parte el remitente, cuyos datos figuran al anverso de esta guía (parte a la que en este contrato se le denominará como ”El Remitente”).

Ambas partes contratantes manifiestan su conformidad en celebrar el presente contrato de acuerdo a los términos y condiciones que figuran en ambos lados (anverso y reverso) del presente documento, mismo que en este contrato se le denominará como “Guía”.

Cláusulas Generales del Contrato

Cláusula 1ª. Redpack se obliga para con el Remitente a prestarle el servicio de Mensajería y Paquetería, según sea el caso, del sobre o paquete descrito en el anverso de la presente Guía, que el Remitente le entrega (al que en lo sucesivo en este contrato se le denominará como “el Envío”), aceptando hacerlo llegar al destinatario en los términos y condiciones estipulados al anverso de esta Guía, servicio que además estará sujeto a lo dispuesto en las siguientes cláusulas.

Cláusula 2ª. Redpack se obliga para con el Remitente, siempre y cuando la(s) línea(s) transportista(s) que se utilice(n) en los términos de la subcláusula 4.1 haya(n) cumplido su(s) horario(s) oficiales, a entregar El Envío dentro de un plazo de uno a siete días hábiles, dependiendo del servicio y destino contratado, y de conformidad con los plazos de entrega de Redpack publicados en su tabla general de servicios que se encuentra a la vista del público en sus oficinas recaudadoras y que El Remitente manifiesta conocer y estar de acuerdo con los mismos. Los plazos anteriores se incrementarán en cuarenta y ocho horas (48) horas mas, en los casos en el que el Envío haya requerido de transbordo o que por su contenido requiera de transportación especial a solicitud de El Remitente, los mencionados plazos se interrumpirán los días sábados, domingos y los descansos obligatorios señalados por la Ley Federal del Trabajo, días en los que Redpack no presta servicios.

Cláusula 3ª. El Remitente se obliga para con Redpack:

3.1. A pagar la tarifa y los impuestos del servicio.

3.2. Responder de la veracidad de lo insertado en el anverso de la presente Guía (datos del remitente, del destinatario, número de bultos y el contenido del envío, peso total y sobre peso). Manifestando bajo protesta de decir verdad, que es el legítimo tenedor (o su representante o agente autorizado) del documento(s) o efecto(s) que se transporta(n) al amparo de esta Guía, y de que cuenta con las facultades y derechos para celebrar el presente contrato.

3.3. A sacar en paz y a salvo a Redpack así como a su personal, representantes y transportistas de cualquier reclamación o responsabilidad que surja por el contenido de El Envío, y a pagar contra la presentación de simple recibo los daños y perjuicios en que se haya incurrido.

3.4. A pagar contra entrega de El Envío los gastos y costos por almacenaje y/o devolución de El Envío a su lugar de origen, motivado por errores imputables y comprobables a El Remitente.

El Remitente acepta que el servicio, materia del presente contrato será prestado siempre y cuando haya insertado de manera inequívoca los referidos datos solicitados en el anverso de esta Guía, incluyendo dentro de ellos las direcciones completas del Remitente y del Destinatario, con sus códigos postales y teléfonos.

Cláusula 4ª. El Remitente en este contrato reconoce y acepta que:

4.1. Para la prestación del servicio objeto de este contrato, Redpack elegirá de acuerdo a su experiencia, los medios de transporte comerciales que efectuarán el traslado del envío de la ciudad de origen a la de destino.

4.2. Si el contenido del envío no concuerda con el que figura al anverso de la Guía y/o si el mismo es de aquellos que se encuentran comprendidos en la Cláusula 9ª del presente contrato, Redpack queda automáticamente liberada de la obligación de prestar el servicio materia de este contrato; obligándose Redpack en estos casos exclusivamente avisarle a la brevedad posible al Remitente el lugar y condiciones en el que el referido envío se encuentra, con el objeto de que el Remitente pueda gestionar por su cuenta y riesgo su liberación y recuperación en estos casos; independientemente de que Redpack detecte la irregularidad mencionada y/o de que se preste el servicio, el Remitente asume a su cargo los daños y perjuicios a que pudiera estar expuesto el Envío.

4.3. Redpack tiene el derecho, mas no la obligación de inspeccionar el contenido del envío, debiendo para ello exigir al Remitente su apertura y reconocimiento. Y, si este, previo requerimiento rehusare u omitiere la diligencia, Redpack quedarí libre de cualquier responsabilidad sobre el referido Envío.

4.4. Redpack tendrá el derecho de retener El Envío cuando El Remitente le adeude cargos por el servicio contratado, sin perjuicio de que éste deduzca las acciones que le correspondan.

Cláusula 5ª. Redpack asume como responsabilidad máxima por el Envío el equivalente al importe de hasta treinta (30) tantos el salario mínimo general vigente en el D.F., en la fecha que ésta haya recibido y documentado el Envío en el lugar de origen del servicio. Si el Envío sufre, por causas imputables a Redpack pérdida total, daños o menoscabos, ésta obligación Redpack la cumplirá cubriendo el costo de la reparación o en su caso de la reposición del efecto dañado o perdido, debiendo para ello el Remitente justificar a Redpack los gastos de reparación o de reposición con los comprobantes respectivos.

Si los efectos contenidos en el Envío se dañan o pierden por inapropiado empaque o embalaje, Redpack no asume responsabilidad alguna para con el Remitente, siempre y cuando ello no sea imputable a Redpack.

Cláusula 6ª. Redpack acepta que de no cumplirse con los plazos de entrega del Envío en su destino, previstos en la Cláusula 2ª. De este contrato por causas imputables a ella, a petición escrita del Remitente, Redpack le proporcionará gratuitamente un servicio adicional entre las mismas ciudades y hasta por el mismo peso del Envío demorado. El servicio adicional no será transferible y deberá utilizarse dentro de un plazo de doce meses contados a partir de la fecha en que Redpack recibió y documento el Envío demorado. Salvo la responsabilidad que en esta cláusula asume Redpack las partes convienen en que Redpack no asume ninguna otra responsabilidad por demora en la recolección y documentación, en la transportación o en la entrega del Envío.

Cláusula 7ª. Ambas partes en este contrato convienen, que en el supuesto caso de que el Envío se pierda, dañe o bien, que se entregue con demora en su destino, en ninguno de estos casos y por ningún motivo Redpack será responsable de cualquier perjuicio directo o indirecto causado al Remitente, al Destinatario o a cualquier tercero, incluyendo en ellos, sin limitación alguna, pérdidas de ventas, de ganancias, de intereses, de utilidades esperadas, de pérdidas de mercado, etc., en todo caso, ambas convienen en que las responsabilidades máximas que Redpack asume son exclusivamente las previstas en la cláusula 5ª. primer párrafo, y 6ª.

Cláusula 8ª. Las partes convienen en que Redpack no será responsable de pérdidas, daño, mala entrega o entrega demorada por: A) causa de fuerza mayor o de caso fortuito. B) por actos o disposiciones de cualquier autoridad gubernamental. C) por incorrecta o incompleta información del domicilio del Destinatario que no sea imputable a Redpack. D) por daño eléctrico, magnético, borradura o cualquier otro daño a imágenes electrónicas, fotografías o grabados de cualquier tipo. D) Utilizar El Remitente un embalaje o empaque insuficiente o inadecuado para la naturaleza del contenido de El Envío.

Cláusula 9ª. Redpack no acepta recibir envíos que contengan dinero, instrumentos o títulos negociables, joyas, antigüedades, metales preciosos, piezas de arte, piedras preciosas o semipreciosas, carbones o diamantes industriales, licores, aguardientes y vinos, armas de fuego, explosivos, plantas y animales, materiales obscenos, ofensivos o denigrantes, bienes o efectos restringidos por las leyes o por las disposiciones administrativas federales o locales y/o por la “IATA”, incluyendo materiales peligrosos en su manejo, tales como aquellos que son corrosivos o inflamables, efectos de fácil descomposición y aquellos que despojan malos olores, así como tampoco artículos de procedencia extranjera que no se encuentren legalmente amparados con la documentación que acredite su legal internación al país, debiendo adjuntar en su caso, al Envío el original o copia certificada notarialmente de la misma.

Cláusula 10ª. Cualquier reclamación a Redpack por pérdida parcial o daño en los efectos contenidos en el Envío deberá hacerla el Destinatario al momento de su recepción, en caso de extravío del Envío, el Remitente deberá presentar su reclamación por escrito a Redpack dentro de un término de veinte (20) días contados a partir de la fecha en que entregó a Redpack El Envío. Las reclamaciones deberán ser enviadas al Departamento de Atención a Clientes, Centro Operativo Redpack, Calle 6 No. 189, col. Agrícola Pantitlán, México, D.F., 08100. El Destinatario al recibir el Envío firmará de conformidad cuando corresponda, en caso de no estar de acuerdo con el mismo, podrá efectuar su reclamación al momento.

Cláusulas Especificas al Tipo de Servicio Contratado.

Cláusula 11ª. Seguro Opcional: Si el valor comercial de El Envío es declarado, y a solicitud del Remitente y previo su pago correspondiente, Redpack contratará con compañía autorizada, un seguro a favor de El Remitente que ampare contra riesgos por daños y perjuicios el Envío, dicho seguro tendrá un costo del 1.5% del valor declarado y comprobable del contenido de el Envío.

La cobertura de este seguro, en su caso, estará regido por las condiciones y términos de la póliza de seguro expedida por la compañía aseguradora que se trate, dichas condiciones y términos se encontrarán a disposición de los clientes de Redpack en cualquiera de sus oficinas. Las reclamaciones serán presentadas directamente a la compañía de seguros por el Remitente, por lo que la única obligación de Redpack en estos casos, será la de entregar a El Remitente el aviso de pérdida o daño dirigido a la compañía aseguradora.

Cláusula 12ª. En caso de presentarse inconformidad respecto a la interpretación, aplicación o ejecución de este contrato, las partes reconocen la competencia, dentro de la esfera de atribuciones que la ley otorga a la H. Procuraduría Federal del Consumidor, conviniendo además en someterse a la competencia de los Tribunales del Fuero Común y a las leyes que rigen en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.